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-   -   proyecto hermano chico de Merkabah (http://www.twistedandes.com/foro/showthread.php?t=91489)

tamarugo 21-06-2012 22:50:04

Re: proyecto hermano chico de Merkabah
 
me enviaron estas fotos hoy

https://picasaweb.google.com/tamarug...67948355424194

https://picasaweb.google.com/tamarug...67966275134594

https://picasaweb.google.com/tamarug...67967976548722

https://picasaweb.google.com/tamarug...67975439431410

ya, listo el embarque, en un mes mas esta en Chile.

sigo mirando el tamaño y ...esta perfecto pa nosotros...

mas contento que la ch....

ASW 02-07-2012 22:04:55

Re: proyecto hermano chico de Merkabah
 
Bravo Tamarugo. Te felicito por tu nueva casa. Yo siempre había pensado en que traerse algo relativamente listo desde Europa es una muy buena idea y aún lo sigo pensando.
Lo que me queda claro es que lo vas a importar al amparo del la siguiente ley:

LEY N° 18483

Artículo 21.- A contar de la fecha de publicación de esta ley, sólo podrán importarse vehículos sin uso. Lo dispuesto en este artículo no se aplicará a las ambulancias, coches celulares, coches mortuorios, coches bombas, coches escalas, coches barredores, regadores y análogos para el aseo de vías públicas, coches quitanieves, coches de riego, coches grúas, coches proyectores, coches talleres, coches hormigoneros, coches radiológicos, coches blindados para el transporte de valores, coches para el arreglo de averías, vehículos casa-rodante, vehículos para el transporte fuera de carretera y otros vehículos análogos para usos especiales, distintos del transporte propiamente dicho.

Tampoco se aplicará a aquellos vehículos que puedan importarse al amparo de los regímenes aduaneros especiales de la Sección 0 del Arancel Aduanero, ni a aquellos que gocen de exención total o parcial de derechos y demás gravámenes de importación. www.aduana.cl


Pero lo que no me queda claro es como pasa la homologación en el 3CV del ministerio de transportes. Porque como muchos ya sabemos a contar de este año 2012 sólo podrán inscribirse vehículos pesados que cumplan con la norma EURO IV hacia arriba para que puedan circular por todo el país (es decir sello verde). Sin embargo aún es posible inscribir camiones EURO III pero quedan con sello amarillo (o algo por el estilo). La cosa es que no pueden circular por el Area Metropolitana si son EURO III y se inscriben este año.
Y si continuamos bajando en la escala: un camión EURO II por ejemplo, sencillamente no se puede inscribir. O eso es lo que yo entiendo y he leído al menos.

Entonces estoy algo confundido porque según la ley se puede importar un camión usado (vehículo casa rodante). Pero si es Euro II no se puede inscribir en el 3CV.
¿Como es la custión? ¿o es muy tonta la preg.....?

Félix 03-07-2012 12:12:24

Re: proyecto hermano chico de Merkabah
 
Tengo la misma duda, con que sello queda el equipo.

Entonces estoy algo confundido porque según la ley se puede importar un camión usado (vehículo casa rodante). Pero si es Euro II no se puede inscribir en el 3CV.

Por tanto quedariamos con restricciones de transito.

Saludos.

Félix

Peterix 03-07-2012 12:38:56

Re: proyecto hermano chico de Merkabah
 
A mi tampoco me queda claro, pero hay una diferencia entre camiones y "otros" vehiculos pesados. en este link sale el detalle:

http://www.subtrans.gob.cl/subtrans/...ve/pesados.php

parece ser que para los otros no es euro IV.

Lo otro es que da lo mismo el año del vehículo porque lo que manda es el año de la primera inscripción.

Se puede hacer una consulta por la OIRS que están obligados a contestar.

jarjar74 03-07-2012 22:08:44

Re: proyecto hermano chico de Merkabah
 
Bueno estimados a mi también me interesó el tema del 6x6 de tamarugo, acá dejo el link de Suecia, en el cual rematan vehículos, aplicando traductor aparece que el peso en vacío son 2300 kilos y la ley en chile para vehículos pesados es de 3860....
Ademas y si alguien lo sabe estos cacharros traen el B30 6 en linea, que al parecer es utilizado en otras configuraciones de vehiculos volvo

http://www.kvibergsoverskott.se/inde...=380&Itemid=53

Colocar idioma español...

saggcl 04-07-2012 11:14:42

Re: proyecto hermano chico de Merkabah
 
Cita:

Empezado por jarjar74 (Mensaje 1161436)
Bueno estimados a mi también me interesó el tema del 6x6 de tamarugo, acá dejo el link de Suecia, en el cual rematan vehículos, aplicando traductor aparece que el peso en vacío son 2300 kilos y la ley en chile para vehículos pesados es de 3860....
Ademas y si alguien lo sabe estos cacharros traen el B30 6 en linea, que al parecer es utilizado en otras configuraciones de vehiculos volvo

http://www.kvibergsoverskott.se/inde...=380&Itemid=53

Colocar idioma español...

La ley no define que es un camión, se saca un concepto a partir de lo que establece el Art. 12 de la Ley 18.290, por lo que se entiende que es camión cuando tiene un "peso bruto vehícular" superior a 3.500 KG. El peso bruto vehicular es el peso del vehículo listo para funcionar (Tara) más su capacidad de carga. En el caso del Volvo que refieres y como aparece en la descripción son 4500 kg.

Los 3.860 KG que refiere, en la Ley se encuentran definidos a propósito de:
1.- Registro obligatorio de Camiones
2.- Límites de velocidad

Sl2

Peterix 04-07-2012 11:49:07

Re: proyecto hermano chico de Merkabah
 
Cita:

Empezado por saggcl (Mensaje 1161631)
La ley no define que es un camión, se saca un concepto a partir de lo que establece el Art. 12 de la Ley 18.290, por lo que se entiende que es camión cuando tiene un "peso bruto vehícular" superior a 3.500 KG. El peso bruto vehicular es el peso del vehículo listo para funcionar (Tara) más su capacidad de carga. En el caso del Volvo que refieres y como aparece en la descripción son 4500 kg.

Los 3.860 KG que refiere, en la Ley se encuentran definidos a propósito de:
1.- Registro obligatorio de Camiones
2.- Límites de velocidad

Sl2

Yo mas bien entendí que sobre 3500 es un vehículo "pesado", dentro de los pesados hay camiones y "otros" (buses, bombas, etc). Motorhome sería "otros".
Lo del artículo 12 se refiere a las licencias y ahi si hacen la diferencia entre un bus y un vehiculo de mas de 3500kg destinado a carga. Teóricamente necesitas lic A3 para conducir un bus aun cuando este pese 10 ton y A4 para un camion de 5ton...

Nigel Moleker Castro 04-07-2012 14:10:11

Re: proyecto hermano chico de Merkabah
 
Cita:

Empezado por saggcl (Mensaje 1161631)
La ley no define que es un camión, se saca un concepto a partir de lo que establece el Art. 12 de la Ley 18.290, por lo que se entiende que es camión cuando tiene un "peso bruto vehícular" superior a 3.500 KG. El peso bruto vehicular es el peso del vehículo listo para funcionar (Tara) más su capacidad de carga. En el caso del Volvo que refieres y como aparece en la descripción son 4500 kg.

Los 3.860 KG que refiere, en la Ley se encuentran definidos a propósito de:
1.- Registro obligatorio de Camiones
2.- Límites de velocidad

Sl2

Estimado:

No me queda claro lo de los limites de velocidad para los camiones, hasta donde yo entiendo con que el padrón diga camión, aunque sea una F 350 como la mía ya estás limitado en la velocidad maxima a 90 Km/hr.

Espero estar equivocado ya que no me hace gracia tener un V8 7.3 y andar a 90.

Si alguien tiene claro lo de los límites de velocidad se agradece el aporte.

Saludos

Nigel

saggcl 04-07-2012 14:39:43

Re: proyecto hermano chico de Merkabah
 
Cita:

Empezado por Nigel Moleker Castro (Mensaje 1161708)
Estimado:

No me queda claro lo de los limites de velocidad para los camiones, hasta donde yo entiendo con que el padrón diga camión, aunque sea una F 350 como la mía ya estás limitado en la velocidad maxima a 90 Km/hr.

Espero estar equivocado ya que no me hace gracia tener un V8 7.3 y andar a 90.

Si alguien tiene claro lo de los límites de velocidad se agradece el aporte.

Saludos

Nigel

Hola Nigel

Tu F-350 es un camión, lo que determina es el PBV, ergo, velocidad máxima, urbana 50Km/h, rural 90km/h

Suerte

Nigel Moleker Castro 04-07-2012 15:04:16

Re: proyecto hermano chico de Merkabah
 
Cita:

Empezado por saggcl (Mensaje 1161722)
Hola Nigel

Tu F-350 es un camión, lo que determina es el PBV, ergo, velocidad máxima, urbana 50Km/h, rural 90km/h

Suerte


Que es ergo?

Ahora si lo logro inscribirla como casa rodante, que al parecer es el sueño de muchos, desaparece el límite de velocidad o sigue mandando el PBV?

Gracias Saggcl

Nigel


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