![]() |
¿como se hace?
Estimados, quzas la pregunta es media ingenua, quizas todo se soluciona "a la chilensis" y no conviene dar mayores referencias a travez del foro, pero cotizando vehiculos e visto que aveces venden por ejemplo un suzuki samurai del 96, con un motor 1,6 baleno y con los papeles al dia. sin embargo la ley dice que para autos poteriores a 1988 es IMPOSIBLE cambiar motor salvo que sea el mismo motor, año, combustion, y -todo esto- certificado por el representante de la marca...
¿como se hace? |
Re: ¿como se hace?
la mayoria lo hace llevendolo a la revicion tecnica donde te dan un certificado y lo inscribes, y en algunos casos, te piden la factura o sertificado del motor, para ver que aquel no sea de algun vehiculo robado o en prenda (embargado).
y en algunos casos, liman los numeros y ponen nuevos numeros...:-? yo no lo he hecho todavia, por lo que no te puedo orientar mucho, pero aqui en el foro, mas de algun mienbro que lo hiso alguna ves pueda "orientarnos en el tema".... asi que... me cuelgo al tema, porque en unas semanas voy a estar en las misma... ejejej... eso, ojala alguien pueda aclarar esta duda con mas claridad, alguien que ya lo soluciono. saludos. |
Re: ¿como se hace?
Cita:
:twisted::driving::guns: |
Re: ¿como se hace?
y no es necesaria la aprobacion del representante de la marca?
|
Re: ¿como se hace?
y como se sabe si elmotor esta "homologado"? debe estar homologado para cada vehiculo?
slaudos Enzo |
Re: ¿como se hace?
fallas en lo planteado por la ley que te citaron la restricción es para los vehiculos inscritos desde Septiembre del 1996 , todo lo que sea mas antiguo que eso le puedes cambiar el motor . se lleva la factura al registro cibil te dan una ordel con esta vas a la revicion tecnica y por $ 1.700 mas menos te revisan que el motor tenga el numero que declaraste en el reg. civ. te firman vuelves al r.c. y listo te dan el padron.
|
Re: ¿como se hace?
Cita:
La norma a la que se ha referido es el Decreto Supremo 211, que establece los niveles de emisión para vehículos livianos. Esta norma estipula que los vehículos que circulan en el país deben cumplir ciertos niveles de emisión, los cuales son medidos para cada modelo y marca de automóvil, cuando se solicita su autorización para circular por el país. En ese sentido, la norma establece que en caso de cambiar el motor, todos los vehículos inscritos en el Registro Nacional de Vehículos Motorizados a partir del 1 de septiembre de 1992, sólo podrán cambiarlo por uno de similares características al original, que deberá ser homologado y certificado por el Representante oficial de la marca del vehículo en Chile. De ello se desprende, entonces que no puede cambiarse el motor bencinero por uno petrolero en todos aquellos vehículos posteriores al 1/9/1992, salvo que el cambio sea certificado por el representante de una marca de vehiculos. Si se realiza este cambio, el vehículo no puede certificar que cumple las normas de emisión que permitieron su circulación en Chile, y por lo tanto, pierde el sello verde. |
Re: ¿como se hace?
aps, pero solo pierde el sello verde, pero eso en regiones no es tan grave, ademas si mi lj es del año 80, entonces no tendria problema, solo la factura o la transferncia del motor via notaria, por vehiculo en desarme....
o estoy equivocado??? |
Re: ¿como se hace?
Cita:
Un amigo llevo una carta del dealer Suzuki de la zona a la planta y quedo inscrito legal y catalitico con el 1.6 de baleno (Samurai II) |
Re: ¿como se hace?
Cita:
Si cambias motor no deberian realizarte revisión tecnica, pero la hacen igual Y la norma se aplica en la region metropolitana , quinta, sexta y octava saludos |
La franja horaria es GMT -3. Ahora son las 20:29:52. |
Powered by: vBulletin, Versión 3.8.11
Derechos de Autor ©2000 - 2025, Jelsoft Enterprises Ltd.
Copyright Twisted Andes. Todos los derechos reservados.