Cita:
Empezado por OAM
Entiendo que lo minimo que exigen es una cadena, asi es que esta perfectamente legal.
En una oportunidad le pregunte a un "amigo en su camino" a proposito que me estaba controlando arriba de un Willys, me dijo puedes andar sin techo, sin puertas pero NO sin parabrisas.
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Muchas gracias por tu respuesta....estuve leyendo la ley del transito esta mañana, y la verdad es muy poco lo que indica....
1.- las puertas deben tener "sendos" sistemas que impidan que se abra de imprevisto
2.-no transitar con las puertas abiertas
3.-no llevar pasajeros en las puertas
en ninguna parte indica ni características que deba tener la "puerta" ni tampoco si TENER puerta es obligatorio......
bueno ojalá no me toque un paco medio falto de criterio por ahi!
gracias nuevamente!