segun la pagina del SERNAC
la garantia exigible es la de los 3 meses,
fuera de eso, es la garantia "voluntaria" del concesionario
de http://www.sernac.cl/262903/
"Este fallo confirma
Que los consumidores tienen derecho a que los productos sean de calidad, por lo que, si un vehículo nuevo presenta fallas, la empresa debe responder por los eventuales daños que éstas provoquen.
Hay que recordar que todo producto nuevo tiene una garantía legal de tres meses desde la fecha de la compra que permite que los consumidores puedan optar por la devolución del dinero, la reparación, o el cambio por otro producto.
En el caso de los vehículos nuevos, las automotoras habitualmente ofrecen una garantía voluntaria que alarga ese plazo por 5 años o 100 mil km, pero suelen establecer ciertas condiciones en la póliza como la reparación en servicios técnicos autorizados.
No obstante, si el vehículo tras esa primera reparación vuelve a fallar, los consumidores tienen derecho a ejercer las opciones de la garantía legal. Esto es, el cambio, reparación o la devolución de lo pagado, tal como lo han confirmado los tribunales en varios casos.
Por otra parte, si un automóvil nuevo presenta daños que hacen que su funcionamiento no sea el que se esperaba al momento de comprar, aunque este sea reparado de acuerdo a las condiciones de la garantía voluntaria, el consumidor puede exigir la indemnización de los daños que estas fallas produzcan."