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Antiguo 31-12-1969, 21:00:00   #2
OSO LARRAIN
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Cita:
amigos, el artículo 2521 del código civil señala que prescriben en 3 años las acciones a favor o en contra de la municipalidades provenientes de toda clase de impuestos.......
es decir, si tengo un auto que no ha pagado patente desde 1996...queda exento del pago desde el 96 al 2000 incluido....
la lata es que para obtener esa declaración se debe demandar a la municipalidad correspondiente....en todo caso, yo lo acabo de hacer y se allanan (aceptan en todas sus partes la demanda ) y se pide fallo y con éste se va a la municipalidad y se hace el " descuento ".
COOL !!! 8) 8) 8)
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