Cita:
Empezado por Lupeva
Estimados, quzas la pregunta es media ingenua, quizas todo se soluciona "a la chilensis" y no conviene dar mayores referencias a travez del foro, pero cotizando vehiculos e visto que aveces venden por ejemplo un suzuki samurai del 96, con un motor 1,6 baleno y con los papeles al dia. sin embargo la ley dice que para autos poteriores a 1988 es IMPOSIBLE cambiar motor salvo que sea el mismo motor, año, combustion, y -todo esto- certificado por el representante de la marca...
¿como se hace?
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para ser mas especificamente lo que dice la ley es que todo vehiculo homologado he inscrito posteriormente al año 92 segundo semestre solo se le podra instalar un motor con el cual haya sido homologado o que pertenesca al mismo fabricante, ademas no se podra cambiar de diesel a bencina o viceversa, en base a esta ley colocas un motor homologado que sea de la misma marca y combustible y con una factura o un papel notarial lo confirmas en la revision tecnica donde te dan un certificado y con ese lo inscribes en el registro civil para tener el nuevo padron con los datos actuales.

