En preguntas frecuente en el servicio de aduanas estan las respuestas...
13. ¿Qué mercancías puedo importar?
Como principio general existe la libre importación de mercancías, es decir, Ud. puede importar cualquier mercancía, salvo aquellas que se encuentren prohibidas por la legislación vigente, como por ejemplo: vehículos y motocicletas usadas, asbesto en cualquiera de sus formas, pornografía, desechos industriales tóxicos, entre otros, y las mercancías prohibidas por el Ministerio de Salud, el Servicio Agrícola Ganadero, y otros organismos del Estado.
En algunas ocasiones, el producto a importar, por su naturaleza, puede estar sujeto a visto bueno, autorización o control por parte de algún Servicio fiscalizador (Servicio Agrícola Ganadero, Servicio de Salud, Dirección General de Movilización Nacional, Dirección de Fronteras y Límites y otros), por lo que es necesario obtener el permiso, visación o autorización correspondiente del respectivo Organismo
15. ¿Qué mercancías no puedo importar?
No se pueden importar:
- Vehículos usados (sin perjuicio de las franquicias establecidas en la normas vigentes)
- Motos usadas
- Neumáticos usados y recauchados
- Asbesto en cualquiera de sus formas
- Pornografía
- Desechos industriales tóxicos
- Mercancías que sean peligrosas para los animales, para la agricultura o la salud humana (por ejemplo; algunos plaguicidas de uso agrícola, juguetes y artículos de uso infantil que contengan tolueno, adhesivos fabricados en base a solventes volátiles), las que se encuentran prohibidas por Decreto del Ministerio de Salud, del Ministerio de Agricultura y otros organismos del Estado.
- Otras mercancías, que de acuerdo a la legislación vigente, se encuentren con prohibición de importar.
http://www.aduana.cl/prontus_aduana/...502174128.html
Slds...