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Antiguo 22-08-2011, 13:27:06   #1
Hernan Iriarte
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Alguien sabe si se puede legalmente cambiar la cabina de un vehiculo volcado o incendiado?

Cual seria el procedimiento para hacer esto??, suponiendo que se compro otra cabina de las mismas caracteristicas en una dearmaduria.
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Antiguo 22-08-2011, 13:44:23   #2
Kruger
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Predeterminado Re: Consulta Legal

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Alguien sabe si se puede legalmente cambiar la cabina de un vehiculo volcado o incendiado?

Cual seria el procedimiento para hacer esto??, suponiendo que se compro otra cabina de las mismas caracteristicas en una dearmaduria.
La carrocerias no son numeradas, los vehiculos solo de inscriben con N° de Motor y de Chasis, por lo que no debieras tener problemas legales
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Antiguo 22-08-2011, 13:51:52   #3
GAZERO
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Predeterminado Re: Consulta Legal

El problema es que muchas carrocerías también cuentan con el Nº estampado y tendrías que cortarlo y pegarlo (el Nº de chasis) en la nueva cabina, lo mismo hacen los que roban autos.

Los COPS y las Rev. Técnicas a veces se fijan en esas cosas, pero es raro que lo hagan.

Ahora si la cabina que tienes NO trae el Nº de chasis estampado, no veo el problema.

Saludos.
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Antiguo 22-08-2011, 15:16:32   #4
the-elegant
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Predeterminado Re: Consulta Legal

Cita:
El problema es que muchas carrocerías también cuentan con el Nº estampado y tendrías que cortarlo y pegarlo (el Nº de chasis) en la nueva cabina, lo mismo hacen los que roban autos.

Los COPS y las Rev. Técnicas a veces se fijan en esas cosas, pero es raro que lo hagan.

Ahora si la cabina que tienes NO trae el Nº de chasis estampado, no veo el problema.

Saludos.
como en los yaris, tendria q cortar y pegar no mas ...que sepa no hay procedimiento para la cabina como lo hay para el cambio de motor o cambio de chasis
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Antiguo 22-08-2011, 15:19:32   #5
Hernan Iriarte
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Predeterminado Re: Consulta Legal

Lo que pasa es que mi cabina trae la placa pegada (no remachada) ya que es del año 82 y la latita es mas delgada que una lata de bebida (casi como papel de aluminio), entonces temo que al sacarla se dañe y no la pueda reinstalar.

Estaba buscando en ebay si pillaba placas en blanco, pero la mayoria es generica y tendria que decir a lo menos Suzuki Motor Co.

Se podra pedir en el registro civil una placa de reemplazo? llevando el padron?, que pasa si a un vehiculo se le incendia el motor y se quema la placa, hay alguna forma de reemplazarla?
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Antiguo 22-08-2011, 16:24:40   #6
GAZERO
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Predeterminado Re: Consulta Legal

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Lo que pasa es que mi cabina trae la placa pegada (no remachada) ya que es del año 82 y la latita es mas delgada que una lata de bebida (casi como papel de aluminio), entonces temo que al sacarla se dañe y no la pueda reinstalar.

Estaba buscando en ebay si pillaba placas en blanco, pero la mayoria es generica y tendria que decir a lo menos Suzuki Motor Co.

Se podra pedir en el registro civil una placa de reemplazo? llevando el padron?, que pasa si a un vehiculo se le incendia el motor y se quema la placa, hay alguna forma de reemplazarla?

Haaa. no es problema, esa plaquita la sacas con cuidado y listo. Utiliza un Dremel.

Lo que pasa es que los autos mas modernos traen estampado el Nº en el chasis y la cabina, por lo tanto habría que cortar pegar (con soldadura y repintar), pero podría traer algún problema legal.

Saludos.
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Antiguo 22-08-2011, 16:28:03   #7
Juan Luna
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Predeterminado Re: Consulta Legal

Si tienes la cabina afuera, trata de calentar por atras, tratando de despegarla con una espátula...
Saludos.
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Antiguo 22-08-2011, 16:28:32   #8
José Manuel
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Al menos mi Samu tiene el numero de chasis en la parte delantera cerca de la torre de amortiguadores. En mi caso tuve que dejarla a la vista para no tener problemas en la revisión

Respecto al motor hice la inspección y posterior inscripción.
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Antiguo 22-08-2011, 16:29:27   #9
GAZERO
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Predeterminado Re: Consulta Legal

Pero está pegada con un adesivo o está afirmada con remaches...??
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Antiguo 22-08-2011, 16:52:34   #10
Mac
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Predeterminado Re: Consulta Legal

La ley exije solo 2 numeros en lugares determinados......pero para salir de dudas, lo mejor es que consultes en el Registro Civil.

Alteraciones a las Características del vehículo
El interesado podrá requerir en Oficinas del Servicio de Registro Civil e Identificación que se anoten en la Inscripción de un vehículo las alteraciones introducidas en sus características registradas, debiendo presentar los documentos originales que señalen los datos que fueron modificados, donde debe constar el propietario del vehículo y el código de la Placa Patente Única.

Con estos documentos se prepara una Solicitud de Anotación, indicando los datos que se modifican. Esta Solicitud estará afecta al pago de los derechos correspondientes a la anotación. A la Solicitud se acompañarán los siguientes documentos, según corresponda:

Cambio de color

Acompañar una Declaración Jurada simple del propietario del vehículo, señalando:
  • El nuevo color que éste tiene.
  • Los datos de su Placa Patente Única.
  • Los demás datos identificatorios que se mantienen.
A falta de esta Declaración Jurada simple, puede presentarse un Certificado de Revisión Técnica o un Certificado de Revisión Ocular Municipal, donde conste el nuevo color del vehículo.

Cambio de motor:

Se presentará: Una factura u otro documento que acredite la adquisición del nuevo motor.

En su defecto, se podrá presentar una Declaración Jurada ante Notario del propietario, o de su representante legal, acerca del lugar y fecha de la adquisición del motor.

Deberá acompañarse, además, un Certificado de Revisión Técnica o un Certificado de Revisión Ocular Municipal, en el que se consigne el nuevo número de motor del vehículo.

Cambio de tipo de vehículo:

Se adjuntará: La factura o comprobante emitido por el taller o empresa que efectuó la transformación.

En su defecto, una Declaración Jurada ante Notario del propietario del vehículo, o de su representante legal, señalando las alteraciones realizadas.

Además, acompañará un Certificado de Revisión Técnica otorgado por una planta autorizada por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, o un Certificado de Revisión Ocular Municipal.

Este último documento no es valido para los efectos de cambio de tipo de vehículos pesados (ejemplo de "bus" a "camión"). Por su parte, en el caso de aquellos vehículos de "uso especial" en conformidad al artículo 21 de la Ley 18.483 (Estatuto Automotriz), no es procedente la alteración del tipo de vehículo.

No son susceptibles de alterarse el modelo, la marca, el chasis, ni el año de fabricación de un vehículo.

Si la Inscripción contiene errores en estos datos, se podrán corregir por medio de una Rectificación administrativa.

Fuente: http://www.registrocivil.cl/f_vehiculos.html

Saludos

Última edición por Mac fecha: 22-08-2011 a las 16:59:16
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