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General ATV / UTV Foro exclusivo para motos de 4 ruedas y Side by side o UTV.

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Antiguo 24-01-2013, 08:59:20   #11
FLOZANO
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Predeterminado Re: Acreditar dominio de ATV, sirve contrato de compraventa????

Yo diria que legalmente el Padron, si acredita Dominio, ya que certifica que el vehiculo esta inscrito a tu nombre. si vas a hacer una transferencia te piden el Padron, no el Ultimo contrato de compraventa del vehículo, si quieres salir de Chile, te Piden el Padron o Certificado de anotaciones, no el contrato de compraventa.
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Antiguo 24-01-2013, 13:57:00   #12
RENTON
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no Re: Acreditar dominio de ATV, sirve contrato de compraventa????

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Yo diria que legalmente el Padron, si acredita Dominio, ya que certifica que el vehiculo esta inscrito a tu nombre. si vas a hacer una transferencia te piden el Padron, no el Ultimo contrato de compraventa del vehículo, si quieres salir de Chile, te Piden el Padron o Certificado de anotaciones, no el contrato de compraventa.
Como bien tu dices el padron acredita dominio por excelencia pero ojo no del todo pues que sucederia si yo vendo un vehiculo y me quedo con el padron, si quisiera cometer un delito podria hurtar mi vehiculo recien vendido y sacarlo del pais ?, evidentemente no podria, pues la informacion del registro de vehiculos motorizado se encuentra en linea, de ahí que uno pueda sacar un vehiculo a mendoza por ejemplo sin contar aun con el padron , sino tan solo con el registro de la transferencia, siempre y cuando se haya efectuado en el registro civil , ahora bien para quienes duden que la factura primaria si acredita dominio pongo el siguiente ejemplo ,un conductor que acaba de comprar un vehiculo y lo decide sacar a circular por la via publica y es fiscalizado por carabineros no puede acrediatar dominio con la factura PRIMARIA de compraventa? Por supuesto que puede , por lo mismo me referi a la factura PRIMARIA de venta, pues es evidente que cualquier automotora o vendedor de vehiculos cuyo giro ante el SII sea precisamente vender vehiculos puede emitir una factura, pero quiero ir inclusive un poco mas lejos para tranquilidad de todos quienes quieran comprar un atv no homologado o autorizado para circular por la via publica para ser aun mas explicito, el poseedor de un bien mueble entendiendo por estos un vehiculo motorizado para este caso SE REPUTA propietario para todos los efectos legales hasta que no exista un tercero que tenga un documento o lo que llamamos nosotros mejor TITULo de quien se encuentra en posesion del bien.

Pd. Discupas a todos por no acentuar mis palabras pero en la generalidad veo la pagina desde un telefono movil.
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Antiguo 24-01-2013, 13:58:03   #13
Julio Hevia Acuña
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Predeterminado Re: Acreditar dominio de ATV, sirve contrato de compraventa????

Hola...

Mi experiencia, el año 2003 me compré una kawasaki KLX 300 del año 1998, la moto no estaba homologada para andar en la calle, por ende no tenía ni REVTEC, PERCIRC, etc... pero si tenía padrón a nombre del primer y único dueño, fuimos a la notaría para hacer la transferencia y contrato de compraventa y a las semanas me llegó el padrón a mi nombre y a mi casa como cualquier otro tarro que he comprado.

Luego el año 2005 le vendí la moto a un compañero de trabajo e hicimos el mismo procedimiento en la notaría y ningún problema... todo esto en la notaría TAVOLARI en Viña del Mar.

Quizá durante todo este tiempo ha cambiado la ley o la política de las notarías.. no se..
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Antiguo 24-01-2013, 14:03:54   #14
RENTON
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Predeterminado Re: Acreditar dominio de ATV, sirve contrato de compraventa????

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para redondear el tema:
frente a la pregunta, que vale más, juridicamente, un padrón del 2012 con un nombre xxx o un contrato de compraventa del 2013 con el nombre, comprador, yyyy. El contrato. O viceversa, un contrato de 2012 a nombre xxx y un padron del 2013 a nombre de yyy. El contrato.
Moraleja, siempre guardar el contrato en lugar seguro y recordado.

Saludos,
Como este telefono no es de lo mejor no habia visto tu pregunta, juridicamente vale mas el padron !!! Asi de simple, pues este documento da fe juridica de que ese vehiculo alguna vez tuvo factura primaria de compraventa y que se inscribio al menos una vez conforme a derecho, el contrato entre privados vale nada frente a un padron, y en el caso de haber controversia de quien es el real propietario va a ganar quien figure en el padron, por tener lo que se llama MEJOR TITULO.
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Antiguo 24-01-2013, 14:19:56   #15
RENTON
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Predeterminado Re: Acreditar dominio de ATV, sirve contrato de compraventa????

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Yo diria que legalmente el Padron, si acredita Dominio, ya que certifica que el vehiculo esta inscrito a tu nombre. si vas a hacer una transferencia te piden el Padron, no el Ultimo contrato de compraventa del vehículo, si quieres salir de Chile, te Piden el Padron o Certificado de anotaciones, no el contrato de compraventa.
Me quiero extender un poco mas en el tema y dar algunos tips para todos quienes tienen atvs que en la generalidad no cuentan con ningun tipo de documento que acredite propiedad, documento que cobra mucha importancia cuando nuestros cuadris son requisados por la autoridad por circular en la via publica , si quieren sanear una cuadrimoto que carece de todo tipo de documentacion pueden efectuar un contrato de compraventa entre privados donde ambas personas se individualizan y especifican lo mas posible el objeto del contrato es decir la cuadrimoto numero de motor, modelo, chasis , etc lo redactan en dos copias y van a AUTORIZARLO a la notaria y listo, con esto tendran un documento que presentar ya sea en el juzgado de plicia local o a la autoridad, lo importante es hacerlo antes de que se la requisen pues de modo contrario el unico camino que tendran sera efectuar una declaracion jurada en notaria, hago enfasis que estos tips son validos para vehiculos que por su naturaleza no son destinados al uso en la via publica.
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Antiguo 24-01-2013, 14:57:18   #16
Julio Hevia Acuña
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Predeterminado Re: Acreditar dominio de ATV, sirve contrato de compraventa????

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Me quiero extender un poco mas en el tema y dar algunos tips para todos quienes tienen atvs que en la generalidad no cuentan con ningun tipo de documento que acredite propiedad, documento que cobra mucha importancia cuando nuestros cuadris son requisados por la autoridad por circular en la via publica , si quieren sanear una cuadrimoto que carece de todo tipo de documentacion pueden efectuar un contrato de compraventa entre privados donde ambas personas se individualizan y especifican lo mas posible el objeto del contrato es decir la cuadrimoto numero de motor, modelo, chasis , etc lo redactan en dos copias y van a AUTORIZARLO a la notaria y listo, con esto tendran un documento que presentar ya sea en el juzgado de plicia local o a la autoridad, lo importante es hacerlo antes de que se la requisen pues de modo contrario el unico camino que tendran sera efectuar una declaracion jurada en notaria, hago enfasis que estos tips son validos para vehiculos que por su naturaleza no son destinados al uso en la via publica.
De la mano con lo que comenta RENTON (pido disculpas, yo se que mi caso no es de una ATV, pero entiendo que igual se aplica el ejemplo... y me quiero comprar una..!!), como les comenté, en ese tiempo yo vivía en concón y a lo más sacaba la moto a la calle para ir a la esquina al súper o cosas así... sin embargo, una vez tuve que ir a viña en la moto porque mi samuka de ese tiempo lo tenía en el taller. Para mala suerte mía, en plena Avda. Libertad me pararon 2 carabineros en moto, me pidieron los documentos y yo con cara de jil les pasé el padrón a mi nombre, me dijeron; "y el permiso de circ., seguro obligatorio" y yo con más cara de jil les dije; "esta moto no tiene"... luego me pidieron la licencia de conducir (tengo licencia clase B-C) y les traté de explicar con más cara de jil todavía y con mucha humildad que había salido en la moto por un caso excepcional, etc, etc.. se fueron a conversar atras donde estaban sus motos (yo seguía sentado en mi moto con cara de jil) y al volver, uno de ellos me dice; "no lo llevamos detenido porque tiene licencia para manejar moto y no nos llevamos detenida la moto porque está a su nombre, váyase con cuidado a su casa y no saque esta moto NUNCA MÁS A LA CALLE..!!"

Me puse mi casquito, hice partir la moto y me fui.... creo que independiente de tener o no permiso de circulación y seguro, es muy importante tener el padrón o un documento que acredite que la moto, atv, buggy, etc es de uno

Slds..!!
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Antiguo 24-01-2013, 14:57:53   #17
Fantasma-4x4
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Predeterminado Re: Acreditar dominio de ATV, sirve contrato de compraventa????

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Hola...

Mi experiencia, el año 2003 me compré una kawasaki KLX 300 del año 1998, la moto no estaba homologada para andar en la calle, por ende no tenía ni REVTEC, PERCIRC, etc... pero si tenía padrón a nombre del primer y único dueño, fuimos a la notaría para hacer la transferencia y contrato de compraventa y a las semanas me llegó el padrón a mi nombre y a mi casa como cualquier otro tarro que he comprado.

Luego el año 2005 le vendí la moto a un compañero de trabajo e hicimos el mismo procedimiento en la notaría y ningún problema... todo esto en la notaría TAVOLARI en Viña del Mar.

Quizá durante todo este tiempo ha cambiado la ley o la política de las notarías.. no se..
Yo he hecho lo mismo pero directo en el registro civil, y todo bien.

Por eso pienso que a pesar de que la mayoría de los modelos no son homologados, no circularan en la vía publica y no ser necesaria su inscripción. Es de MUY buena costumbre hacer la inscripción en el registro, ya que así queda todo en orden, es fácil de transferir, limpio/ordenado, y si pierdo algo simplemente pido una copia, ademas de tener placas patente que hacen mas fácil algún tramite o percance.

Y para la enorme cantidad de motos que no están inscritas, como dicen, hay que hacer un contrato de compraventa. Lo ideal sería poder comprobar con el nro de chasis que no tenga inscripción previa, pero nose si eso es posible.


Slds.
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Antiguo 24-01-2013, 15:05:04   #18
SVarasV
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Predeterminado Re: Acreditar dominio de ATV, sirve contrato de compraventa????

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Nop, el padrón no acredita dominio, sólo inscripción. Dominio solo el contrato, por eso hay que guardarlo siempre. Si sirve como base de una presunción de dominio
Saludos,
Si esto es así (no se cual es tu base), no entiendo nada.
Desde que tengo uso de razón, lo UNICO que acredita dominio es el padron o la factura (dominio a quien esté extendido cualquiera de estos 2 documentos).
Cuando vas a transferir un vehículo, lo primero que te piden es el padron.
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Antiguo 24-01-2013, 15:57:41   #19
HAKUNA
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Predeterminado Re: Acreditar dominio de ATV, sirve contrato de compraventa????

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Si esto es así (no se cual es tu base), no entiendo nada.
Desde que tengo uso de razón, lo UNICO que acredita dominio es el padron o la factura (dominio a quien esté extendido cualquiera de estos 2 documentos).
Cuando vas a transferir un vehículo, lo primero que te piden es el padron.
Efectivamente lo único que acredita dominio es la debida inscripcion del registro civil, en esta caso el Padrón, sea auto o moto, etc, la factura en ciertos casos tampoco acredita dominio, solo la comercialización del producto.

saludos cordiales!
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Antiguo 24-01-2013, 15:58:55   #20
caicaen
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Predeterminado Re: Acreditar dominio de ATV, sirve contrato de compraventa????

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Si esto es así (no se cual es tu base), no entiendo nada.
Desde que tengo uso de razón, lo UNICO que acredita dominio es el padron o la factura (dominio a quien esté extendido cualquiera de estos 2 documentos).
Cuando vas a transferir un vehículo, lo primero que te piden es el padron.
Veamos, trataré de resumir:

¿ existe en el registro civil un certificado de dominio vigente automotriz, como si lo tiene el conservador de bienes raíces, siendo que ambos cumplen la misma función, registro.?
Respuesta: NO

En la compraventa, para que sea perfecta, produzca sus efectos, requiere de un título y un modo traslaticio de dominio.

Inmuebles: Título: compraventa. Modo de transferir dominio: tradición mediante Inscripción en el conservador de bienes raíces.

Muebles: Título: compraventa. Modo: tradición, entrega del autos, real o ficta. Requiere para estos efectos inscripción: NO. Cuando salen de la notaría el auto comprado ya es suyo, no tienen que esperar la inscripción.

¿Quién sería el dueño del auto entre la fecha de firma del contrato y su inscripción? El anterior???? Ustedes responderían que sí???, o sea andarían esos días con un auto que no es suyo, ya pagado?? Absurdo, no?. Yo soy el dueño desde que firmo.

Quien sostienen que es la inscripción, por ende el padrón, tendrán que responder que si, o no?

Caso contrario, compra inmueble: al salir de la notaria firmada la escritura, es suya la propiedad: Respuesta. NO, requiere inscripción. Cuándo se le paga al vendedor?: contra inscripción acreditada en el conservador.
Ustedes al comprar un auto pagan en la firma (notaría), o contra padrón (cuando les llega)?

Es más, revisen sus padrones. ¿Cómo se llama?: certificado de INSCRIPCION, no dice en ninguna parte dominio. Otra: el certificado de anotaciones dice clarito que no acredita dominio. Por qué. Porque no pues, no tiene ese mérito legal.

Sentido práctico: sirve el padrón como medio probatorio: SI, siempre que no tenga otro documento para desvirtuar, como un contrato.
He visto muertos caminando, no costaría nada ver un padrón de mi auto a nombre de otra persona. Cómo pruebo que no es así: contrato de compraventa.

Final: es mejor guardar siempre el contrato de compraventa, siendo este el único documento legal de dominio.

Sebastian: ya sabes cuál es mi base.

Saludos cordiales,

Última edición por caicaen fecha: 24-01-2013 a las 16:05:07
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