ojo-ojo el comprador puede incluir en el juzgado al servicio de impuestos internos, puede decir que el vendedor NO tiene giro y que no da boleta.
y queda la grande..
recuenden que todo porducto nuevo o usado paga IVA. ademas ninguno de nosotros da boleta por las ventas.
otro punto por todos los ingresos que recibamos de las ventas debemos declararlo como impuesto a la renta y pagar global complementario oy de segunda categoria segun corresponda...
por lo tanto ojo que no estan facil llevar esto a un a denuncia.. ya que nos puede salir el tiro por la culata..
es super complicado meterse con impouesto internos. ademas que las multas por evacion de impuesto son estratosfericamente grandes...
lo mejor es arreglarselas a la buena.... como caballeros..
saludos
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