Cita:
Empezado por saggcl
Cuando tienes un vehiculo sin circular por no encontrarse en estado para hacerlo, reparaciones, etc, se efectua una presentacion en la dirreccion del transito respectiva, por medio de una declaracion jurada donde se da cuenta que el vehiculo esta temporalmente fuera de circulacion por alguna de las razones antes mencionas, generalmente en las mismas dirrecciones de transito hay formularios para llenar, la solicitud debe ser presentada anualmente, CREO que hasta Noviembre, y de ella se pronuncia el Director de Transito, habitualmente aceptandola
Si el tramite no se realizo cada año se perdio dicha oportuniodad
Sobre las patentes atrasadas se cobran solo las últimas 3
En todo caso el Director de Transito tiene facultades para condonar las patentes atrasadas y las correspondientes multas e intereses
Saludos
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Yo tenia entendido que te cobraban todas las patentes atrasadas. Lo de las 3 ultimas es para vehiculos cuyo estado no permiten la circulación(Volcados, quemados, etc) o para cualquier vehiculo ??