Cita:
Empezado por verdugo21
sip ,eso si es ilegal, segun la LEY NUM. 18.290, Artículo 60.- No se podrá transportar materias peligrosas en vehículos de alquiler ni en los destinados al transporte colectivo de personas.
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Pero la norma no se refiere a vehiculos particulares, que son la mayoria de los Todo Terrenos, porque no he visto ni taxis,colectivos o tranSantiago 4x4
En vehiculos partciculares o de transporte no remunerado no hay problema
Saludos